Uso de bata.
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- óptico iniciado
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Uso de bata.
Hola a todos!!!
¿¿Sabeis si es obligatorio el uso de bata en la óptica??
Yo lo que si llevo es el nombre y optico optometrista....pero hay veces que no me apetece poner la bata,,, y quisiera saber si podria tener algun problema (a parte de que me pueda manchar y la estetica ante los clientes), si por ejemplo viniera una inspección. Gracias
¿¿Sabeis si es obligatorio el uso de bata en la óptica??
Yo lo que si llevo es el nombre y optico optometrista....pero hay veces que no me apetece poner la bata,,, y quisiera saber si podria tener algun problema (a parte de que me pueda manchar y la estetica ante los clientes), si por ejemplo viniera una inspección. Gracias
Última edición por merish el 01 Jun 2013, 21:46, editado 1 vez en total.
Razón: titulo en mayusculas.
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- flipper
- óptico conferenciante
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Re: Uso de bata.
No es obligatorio. Puedes ponerte lo que quieras.
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- óptico locuaz
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Re: Uso de bata.
je je je que no estamos en el cole!!
Re: Uso de bata.
solo faltaba....
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- óptico charlatán
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- SERSANGRO
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Re: Uso de bata.
Ni caso, tu a tu aire.Fernandojose escribió:Pero si te quitas la bata, asegurate de llevar algo abajo
«Cuando una persona sufre de una alucinación se le llama locura. Cuando muchas personas sufren de una alucinación se le llama religión.» Pirsig.
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- óptico charlatán
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Re: Uso de bata.
Pero espero que comprendas que ciertas preguntas que parten de una persona que tiene una carrera universitaria me dejan perplejo algunas/muchas veces.
Fernandojose
- flipper
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Re: Uso de bata.
SERSANGRO escribió:Ni caso, tu a tu aire.Fernandojose escribió:Pero si te quitas la bata, asegurate de llevar algo abajo
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- óptico locuaz
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Re: Uso de bata.
Hola;
El uso de batas forma parte de las recomendaciones para la prevención y el control de la infección
en centros sanitarios. El propósito inicial de su uso era proteger al paciente y al médico de una potencial contaminación cruzada.
Sin embargo, en tareas sanitarias comunes, como es nuestro caso, las batas y uniformes utilizados se excluyen, según el artículo 2 del Real Decreto 664/1997 de la definición de “equipo de protección individual”. Se les considera como ropa de trabajo corriente siempre que no estén específicamente destinados a proteger la salud y la integridad física del trabajador.
La utilización de batas suplementarias al uniforme o bata habitual generalmente no suele estar especificada por ley. Sin embargo se recomienda su uso cuando se prevea la producción de grandes salpicaduras de sangre o líquidos orgánicos, por ejemplo, en Odontología se recomienda su uso de manera habitual.
Por todo ello, no estamos ni obligados ni recomendados a su uso, ya que no estamos expuestos a posibles infecciones.
Un saludo
El uso de batas forma parte de las recomendaciones para la prevención y el control de la infección
en centros sanitarios. El propósito inicial de su uso era proteger al paciente y al médico de una potencial contaminación cruzada.
Sin embargo, en tareas sanitarias comunes, como es nuestro caso, las batas y uniformes utilizados se excluyen, según el artículo 2 del Real Decreto 664/1997 de la definición de “equipo de protección individual”. Se les considera como ropa de trabajo corriente siempre que no estén específicamente destinados a proteger la salud y la integridad física del trabajador.
La utilización de batas suplementarias al uniforme o bata habitual generalmente no suele estar especificada por ley. Sin embargo se recomienda su uso cuando se prevea la producción de grandes salpicaduras de sangre o líquidos orgánicos, por ejemplo, en Odontología se recomienda su uso de manera habitual.
Por todo ello, no estamos ni obligados ni recomendados a su uso, ya que no estamos expuestos a posibles infecciones.
Un saludo
Re: Uso de bata.
Para el caso de las inspecciones que comentas, lo que sí creo que es obligatorio es ir debidamente identificado.