Iva con caracter retroactivo

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macula
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Iva con caracter retroactivo

Mensaje por macula »

FLIPOOOOOOOOOOOOOO
¿qué yo ahora he de pagar el IVA al 21 de los dos últimos años???

y qué hago?? Llamo a mis clientes y les digo que me equivoque en el precio???

Esto no tienen ningún sentido!!!
anisometrope
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por anisometrope »

No macula, no tienes que llamar a tus clientes, tus clientes han pagado el IVA correcto, el que tenia que haber pagado el 11 % mas en todas las gafas de graduado que hayas comprado desde enero de 2015 eres tú.
La verdad es que el truco es bueno, hay que reconocerlo, no podemos decir quel han subido el IVA de las gafas graduadas porque en realidad el cliente sigue pagando el 10%, los que tenemos que asumir el incremento del impuesto somos nosotros.
Seguro que si el truco funciona empezaran a aplicarlo a discreción, es una forma de subir impuestos sin que parezca que los suben, al final las gafas tendran que subir de precio porque el stock nos cuesta mas, pero el gobierno podra decir que no han subido los impuestos al usuario de gafas que se siguen considerando producto sanitario (cuando lleva lentes graduadas).
Nos toman por tontos porque en realidad cada cuatro años les demostramos que lo somos.
Saludos colegas.
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jigsaw
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por jigsaw »

Que nos hagan vender un producto al 10% de IVA cuando lo compramos al 21% ya tiene poco (o ningún) sentido.
¿Pero lo del carácter retroactivo de 2 años? ¡Eso es de juzgado de guardia!
¿Y en que período se supone que tendremos que abonarlo?
Esto es de locos.....
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macula
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por macula »

No tienes los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.
anisometrope
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por anisometrope »

Una pregunta: ¿ Cuando alguno de vosotros ha vendido una montura de sol con lentes graduados le ha aplicado a la montura el IVA del 10% o del 21%?
Tal vez sea una forma de compensar el desaguisado que se nos viene encima.
Montoro esta afilando sus colmillos y babea cada vez que pasa delante de un establecimiento de optica.
Saludos colegas.
Eva1968Navarro
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por Eva1968Navarro »

Como optometrista encuentro una VERGUENZA lo que esta pasando con el IVA, yo personalmente antes de pagar nada a ninguna empresa que me reclame el IVA de 2015 y 16 me lo tiene que decir mi abogado ya que me siento totalmente ESTAFADA , ya no es pagar la diferencia es saber si yo recupero personalmente este dinero , lo encuentro de juzgado, creo que todos los opticos que estamos pasando por lo mismo tenemos que ir jumtos y reclamar nuestros derechos delante de la ley, yo si hubiese sabido que esto sucederia y tenia peligro de perder dinero hubiese comprado CON OTRO CRITERIO Y ESTO ES UNA ESTAFA Y GRANDE. Aqui no nos han informado correctamente y esto no lo veo nada correcto entre profesionales y esto vuelvo a decir es VERGONZOSO!!!
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josep001
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por josep001 »

Nuevo comunicado del CGCOO sobre el IVA
El Consejo General de Colegios de Ópticos Optometristas, que representa a todos los colegiados, propietarios o no de establecimientos
sanitarios de óptica, después de conocer, el día 26 de Diciembre de 2016,el criterio aplicado por la Dirección General de Tributos en la Ley 28/2014,de 27 de Noviembre, sensible a la difícil situación que esta decisión está creando a muchos colegiados, está trabajando junto a FEDAO a fin deexplorar todas las posibilidades, para que el impacto de dicha decisión sea el menor posible, manteniendo contactos con Ministerio de Sanidad, Agencia Española del Medicamento y Defensor del Pueblo, con nuestros expertos Asesores y con la asesoría de los Bufetes Consultores con más experiencia en este tema.
También se está trabajando, sobre todo, al objeto de que el Ministerio de Hacienda reconsidere su decisión derivada de la consulta vinculante y cambie su criterio, en el sentido de que las monturas para gafas graduadas, solo pueden ser utilizadas para gafas graduadas (producto sanitario), y por consiguiente se debe aplicar el tipo reducido del 10%.
Ponemos a disposición de todos los colegiados la Asesoría Fiscal del Consejo General asesoriafiscal@cgcoo.es, para que podáis consultar
cualquier duda que tengáis.
En los momentos de crisis, sólo la imaginación es más importante que el conocimiento. Albert Einstein.
elnea
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por elnea »

josep001 escribió:Nuevo comunicado del CGCOO sobre el IVA
El Consejo General de Colegios de Ópticos Optometristas, que representa a todos los colegiados, propietarios o no de establecimientos
sanitarios de óptica, después de conocer, el día 26 de Diciembre de 2016,el criterio aplicado por la Dirección General de Tributos en la Ley 28/2014,de 27 de Noviembre, sensible a la difícil situación que esta decisión está creando a muchos colegiados, está trabajando junto a FEDAO a fin deexplorar todas las posibilidades, para que el impacto de dicha decisión sea el menor posible, manteniendo contactos con Ministerio de Sanidad, Agencia Española del Medicamento y Defensor del Pueblo, con nuestros expertos Asesores y con la asesoría de los Bufetes Consultores con más experiencia en este tema.
También se está trabajando, sobre todo, al objeto de que el Ministerio de Hacienda reconsidere su decisión derivada de la consulta vinculante y cambie su criterio, en el sentido de que las monturas para gafas graduadas, solo pueden ser utilizadas para gafas graduadas (producto sanitario), y por consiguiente se debe aplicar el tipo reducido del 10%.
Ponemos a disposición de todos los colegiados la Asesoría Fiscal del Consejo General asesoriafiscal@cgcoo.es, para que podáis consultar
cualquier duda que tengáis.
Sinceramente no me tranquiliza nada, lo que se esta haciendo es una guarrada...sin sentido.
Y a ver si en vez de mirar tanto por el cliente final (llegados a este punto me da exactamente igual que se lo suban al 21%) miran mas por los opticos.
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macula
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por macula »

Si nos vamos a nuestra constitución política, vemos que el artículo 338 es claro en afirmar que no se pueden aplicar impuestos de forma retroactiva:

(…) Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de hechos ocurridos durante un período determinado, no pueden aplicarse sino a partir del período que comience después de iniciar la vigencia de la respectiva ley, ordenanza o acuerdo.
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Re: Iva con caracter retroactivo

Mensaje por macula »

Ahora solo falta que lo apliquen , porque es lógico que ¡¡los impuestos no pueden ser retroactivos!!.. lo que no se es a que se atienen para hacerlo retroactivo. NO le veo ningun sentido, pero me asusta que alguien siga manteniendo que lo son
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