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Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 17:48
por gdelcast
Buenas tardes, a mí me gustaría plantear otra cuestión, a parte de pagar lo que "supuestamente" debemos, que ya es bastante y para muchos un problema. Me gustaría señalar que, a mi juicio, se nos trata como deudores. En los medios de comenta que nos reclaman el iva que no hemos pagado en los últimos dos años, como si no hubieramos querido pagar. Pues la verdad es que en ningún caso se nos ha informado de esto, ni por parte de hacienda, ni del CNOO, ni nuestros asesores , gestores... etc. Me parece que es una tomadura de pelo y que deberíamos pedir responsabilidades a quien corresponda. ¿ Para qué pagamos unas cuotas al colegio? . En este caso no nos han informado. Si buscamos en internet noticias del 2014 , los periódicos anuncian a bombo y platillo que el gobierno ha decidido mantener el iva al 10% y ¿ ahora nos lo reclaman?. Me parece que todos habríamos pagado el 21% si así lo hubieran notificado y ya habríamos encontrado la forma de mantener nuestros márgenes aunque luego repercuta el 10% en el cliente. Compañeros creo que habría que formalizar una queja conjunta porque así no vamos a ningún sitio.

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 18:52
por felipesanchez
Si aplicamos el articulo 88.4 de la ley de IVA, solamente tendriamos que atender las facturas emitidas en ultimo año. Las empresas tienen un plazo de un año para rectificar o exigir el iva. Por esto solamente atenderiamos a las facturas emitidas y recibidas al año posterior de su emision, o sea, solo se pagan las de febrero 2016 en adelante.

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 19:43
por RafaelGS
Aquí los culpables son los proveedores que para algo tienen asesores fiscales y gestores que les debían haber avisado cuando cambio la ley del iva que nos tenían que repercutir. Al estar la gran mayoría en recargo de equivalencia no recuperamos nada de nada. Y no pagar puede implicar inspecciones de hacienda, puede que si o puede que no.
Yo personalmente he decidido que voy a pagar, pero a cada proveedor que me reclame ese IVA como no me cambie las condiciones de compra este año, más descuento o abono, no le voy a volver a comprar ni una gafa de ninguna de sus líneas. Que no hay nada imprescindible. Por lo menos ya que los jodidos somos nosotros, pues a joder en lo único que se puede hacer, el dinero. Si todos hicieramos eso, a ver por donde saldrían si no se les compran gafas.

Saludos compañeros

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 19:52
por macula
muy interesante el articulo 88.4.. gracias!

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 20:17
por AlejandroMG
A mi me surgen ademas otras dudas
Si el 31 de diciembre yo tenia una montura marcada a 100€ con el 10% de IVA ahora la tendría que marcar a 110€?
Porque si la tengo a día de hoy a 100€ y me compra una pareja de lentes por otros 100€ esta claro que le cobraré 200€, pero si es una reposición de montura le tendré que explicar la normativa vigente y que aunque marque 100€ debería de cobrarle 110€ con sus explicaciones pertinentes.
En cambio si marco la montura a día de hoy a 110€ si me compran la suelta la montura no habría problema pero si me la compran con lentes de 100€ le tendré que dar explicaciones que tiene que pagar 200€ en vez de 210€

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 20:44
por josep001
Aqui os dejo el link original http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V0564-16.
Segun este documento : La (empresa) consultante importa monturas para gafas correctoras.
Dudo que sea Essilor
El procedimiento no es anonimo , se necesita un Certificado Digital, o similar, pero si es secreto, solo Hacienda conoce el nombre.

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 22:54
por Eva1968Navarro
Es hacienda quien me ha de reclamar el IVA a mi no un particular( me refiero a la casa comercial como Luxottica por ejemplo),si se se lo reclaman a ellos es porque ellos han hecho una mala gestión, que se lo reclamen a sus gestores , yo a un particular no le he de devolver nada, que venga hacienda a reclamarmelo a mi, si ellos se han equivocado(las casas comerciales me refiero) pues que lo pagen ellos.Oye! yo respondre por mis errores no por los de otros.

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 02 Feb 2017, 23:12
por Eva1968Navarro
Lo que nos comenta Felipe Sanchez es muy importante! "articulo 88.4 de la ley de IVA" y lo pienso consultar a mi asesor fiscal.

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 03 Feb 2017, 00:22
por Isaac
Los proveedores no nos deberían pedir la regularización. Si en el momento de la compra yo se que voy a pagar un 11% más, en lugar de comprar 20 unidades hubiera comprado 15. Al proveedor que no quiera negociar esto, no se le compra ni una gafa más.

Re: Iva con caracter retroactivo

Publicado: 03 Feb 2017, 09:26
por gdelcast
:thumbdown El artículo 88.4 dice así en su último párrafo:

Al margen de lo anterior cabe la repercusión, dentro de los 4 años siguientes al momento de devengo, en los casos de cuotas rectificativas de otras previamente repercutidas (LIVA-art.89) o en los supuestos legalmente previstos de Modificación de la base imponible (LIVA-art.80).

Con lo cual pueden cobrar hasta 4 años después al ser una modificación de la base imponible.
O eso entiendo yo en lo que pone ahí .
Por otro lado estoy totalmente de acuerdo en presionar a los proveedores para que nos compensen en parte nuestra pérdida, pues ellos nos lo van a cobrar pars después pagarlo a Hacienda. No les repercute pues seguro que son S.L , los perjudicados somos los autónomos y comunidades de bienes que no tenemos iva en estimación directa. Como siempre los pequeños somos recaudadores de impuestos para el gobierno.