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Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 19:23
por lecop
Re: Curiosidad legal
Notapor schwarz » Jue Sep 30, 2010 6:31 pm
Estoy con Toshack, me parece una ley absurda. Una cosa es que una óptica no tenga un optometrista al frente y otra que al mismo le hayan entrado cagaletas y esté en casa pasándolas moradas, tal vez el ayudante deba estar en el local para entregar algo urgente o simplemente para vender una gafa de sol. Creo que hay situciones y situaciones. En mi caso tb soy la única optometrista al frente y cierro 5 días al año, mis únicas y exclusivas vacaciones, pues aún así siempre vienen renegando de que se les acabó el líquido, se les cayó el tornillo o el famoso "qué bien vives, jodía". Sí... estaba en una de mis casas de Bali, no te digo. :
Esta profesión es lo que tiene, o estás en una cadena o te comes tu todo el marrón de pringar todos los dias del año...
Con respecto lo de la ley, yo lo veo bien por una parte(que un vendedor("o asesor") venda unas lentillas sin tener titulo no me parece bien(de color por ejem. que lo tengo visto, y me cabrea) y mal por otra porque no se puede estar todo el tiempo que esté abierta la tienda(que tienes derecho a una serie de necesidades básicas y lógicas)
un saludo currrantes de la vida
Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 19:34
por elenac
Yo también estoy totalmente de acuerdo en que tenernos esclavizados en la optica no tiene ningún sentido, pero es como están de momento las cosas. Y si en la tienda hay dos opticos trabajando (claro, solo uno es el titular) y el titular se va de vacaciones???? No se, supongo que deberíamos inundar a los colegios sugiriéndoles una solución más lógica.
¿Te han hecho poner una rampa Toshak? Yo en su día encargué una de madera de quita y pon y no he tenido problema

Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 19:39
por TOSHACK
de momento no tengo rampa y ningún problema, PERO tengo en ciernes un cambio de local (pospuesto ad eternum por la crisis) y segun la normativa hay que ponerla. Al final me imagino que no la pondré y me cagaré en sus muertos y sin licencia de apertura. Y a esperar que cambie el técnico de turno (o el alcalde)
La verdad es que no me opongo a ciertas normativas, pero cuando son absurdas pues va a ser que nó. Si ni siquiera el ayuntamiento tiene Rampa!!!!!!!!
PD: Muy buena idea lo de la rampa de quita y pon. Lo meditaré
Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 19:40
por root
flipper escribió:Que yo sepa, siempre tiene que haber un óptico de "cuerpo presente"

vale
corpore in sepulto??

Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 19:50
por zz4
Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 20:20
por elenac
Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 21:13
por jorova94
elenac escribió:Yo también estoy totalmente de acuerdo en que tenernos esclavizados en la optica no tiene ningún sentido, pero es como están de momento las cosas. Y si en la tienda hay dos opticos trabajando (claro, solo uno es el titular) y el titular se va de vacaciones???? No se, supongo que deberíamos inundar a los colegios sugiriéndoles una solución más lógica.
¿Te han hecho poner una rampa Toshak? Yo en su día encargué una de madera de quita y pon y no he tenido problema

Ese es el error: todos los opticos que haya en una optica son opticos titulares, siempre que esten dados de alta como ejercientes en el Colegio en esa optica y se hayan dado de alta en sanidad tambien.
Esta es la gran diferencia que tenemos con las farmacias, que son los establecimientos con los que siempre nos comparan los inspectores de sanidad. En las farmacias SOLO puede haber un farmaceutico titular y en teoria siempre tiene que estar en la farmacia, aunque haya otros farmaceuticos trabajando en la misma. Cuando el titular se va de vacaciones o está de baja, o se tiene que ausentar, debe comunicarlo a sanidad y tambien quien es el farmaceutico que lo sustituye. Si no lo hace y lo inspeccionan, lo crujen (economicamente hablando).
En las opticas, si hay mas de un optico dado de alta, NO es necesario comunicarlo a sanidad, ya que todos son opticos responsables de la Optica.
Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 22:56
por ToY
TOSHACK escribió:Es que eso es una absoluta GILIPOLLEZ.
Creo que coincidimos todos en eso. Planteado de esa forma, parece que no puede darte un apretón, no sea que sanidad te cierre el negocio mientras tú tienes los pantalones por las rodillas y estás sentado en el trono
Lo que yo sigo sin tener claro es cuanto tiempo puede estar el establecimiento sin óptico. ¿una mañana? ¿un día? ¿una semana?
Entiendo que puedes tener un día fiebre y no ir a currar... y no por ello has de cerrar tu negocio y dejar a la gente sin servicio... y más cuando el gabinete, lentes de contacto y demás muchas veces no es ni tan siquiera el 20-30% de ese servicio. Si tengo un empleado le diría que abriera, y que todo aquel que necesitara de mis servicios lo remitiera a otro día, pero no por ello va a dejar de vender si viene alguien con receta, vender gafas de sol, líquidos, reponer lentes de contacto, coger el teléfono, entregar encargos pendientes, atender una garantía, poner un tornillo, cambiar unas plaquetas, etc.
Otra cosa es lo que diga la ley... muchas veces, de por sí, absurda.
Re: Curiosidad legal
Publicado: 30 Sep 2010, 23:03
por flipper
root escribió:flipper escribió:Que yo sepa, siempre tiene que haber un óptico de "cuerpo presente"

vale
corpore in sepulto??

No hay prblema mientras se
levante y atienda al inspector

Re: Curiosidad legal
Publicado: 01 Oct 2010, 07:51
por Jordi56734
Mi situacion es la siguiente: somos dos DOO y dos auxiliares en mi centro. Pero la diplomada "extra" me anuncia que se vuelve a su poblacion por motivos personales. La verdad, cada vez que tengo que encontrar un diplomado/a, (4 en 18 años), debo emplear una ingente cantidad de energia, tanto fisica como emocional, que ya no se si estoy dispuesto a repetir, puesto que posiblemente pasarà lo mismo desntro de x años. Por eso, me planteo sustituir al diplomado/a por un auxiliar, a ver si consigo estabilidad.
La respuesta del COOOC fue que cuando falte el DOO simplemente cuelgue un cartel en la entrada anunciando que las funciones optometricas del establecimiento no se pueden llevar a cabo por baja/vacaciones/etc... del optometrista. Con ese acto, me salvo de posibles sanciones en caso de inspección.
De todas formas, informo que el puesto esta vacante...