Re: Postgrado en optometria
Publicado: 17 Jun 2009, 11:12
Muchas gracias anuska y nurita 

ópticos - optometristas
https://www.opticos-optometristas.com/foro/
https://www.opticos-optometristas.com/foro/viewtopic.php?t=1615
Una pregunta parecida hice en un curso que estoy haciendo y ésta es la respuesta.ahorso escribió:Perdonad la pregunta si es tonta o no viene a cuento, pero ¿qué diferencia hay entre créditos LOU y ECTS? Yo solo tengo créditos hipotecarios ¿me los convalidarían?
Espero que os aclaren las dudas.Re: Reconocimiento de créditos
de Administrador Optonet - miércoles, 10 de junio de 2009, 21:01
Hola Nuria,
Los créditos del Sistema Nacional de Salud son créditos de Formación Continuada , cuyo objetivo es la actualización de los profesionales sanitarios con los nuevos avances en sus campos respectivos. Como este curso está acreditado, cada vez que expedimos un diploma deberán figurar los créditos que el Sistema Nacional de Salud otorga, por lo que este diploma es el documento que acredita haber completado el curso con éxito, y los créditos oficiales otorgados.
Estos créditos de formación continuada no tienen nada que ver con los créditos universitarios que son los que otorgan las universidades. Los créditos universitarios sirven para completar los ciclos académicos de grado, master o doctorado.
En cuanto a lo que podría ser obligatorio en el futuro, los créditos universitarios suponemos que serán voluntarios, pues no se suele pedir a los profesionales ejercientes que vuelvan a la universidad, ya que la titulación de diplomado en Óptica es suficiente para trabajar profesionalmente.
Por otro lado, en cuanto a la parte profesional sí es posible que en España, al igual que ocurre en el resto de Europa, será obligatorio muy pronto completar créditos de formación continuada (Sistema Nacional de Salud) pero desconocemos cuándo o como se hará. Suponemos que el Colegio de Ópticos-Optometristas estará más al corriente de esto. Sabemos por ejemplo que a los médicos ya les piden para determinados trabajos que obtengan un número de créditos de Formación Continuada, y en alguna comunidad autónoma empiezan a pedir a los ópticos que quieran colaborar con los convenios de la Seguridad Social, que completen un determinado número de créditos al año.
En el Reino Unido por ejemplo la formación continuada es obligatoria para seguir ejerciendo la profesión. Existe un registro con el listado de todos los optometristas habilitados legalmente para ejercer la Optometría y quienes no cumplan con el requisito de la formación continuada son excluidos de este registro.
Esperamos haber aclarado tus dudas.
Un saludo,
Teresa y Guillermo